La Junta Directiva Estará Integrada En Forma Políticamente Paritaria, Así: El Ministro De Hacienda Y Crédito Público; El Ministro De Obras Públicas Y Dos (2) Miembros Designados Libremente Por El Presidente De La República, Con Sus Respectivos Suplentes Personales De La Misma Filiación Política Que Los Principales
Decreto 1461 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos orgánicos de la empresa "Puertos de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° La Junta Directiva estará integrada en forma políticamente paritaria, así: El Ministro de Hacienda y Crédito Público; el Ministro de Obras Públicas y dos (2) miembros designados libremente por el Presidente de la República, con sus respectivos suplentes personales de la misma filiación política que los principales. Los Ministros miembros de la Junta Directiva designarán sus correspondientes representantes permanentes, que los reemplazarán en sus faltas temporales
Parágrafo
En cumplimiento del sistema de política paritaria, los miembros de la Junta Directiva nombrados por el Presidente de la República, serán reemplazados al cambiar la filiación política de los Ministros que hacen parte de la Junta. Lo mismo ocurrirá con los representantes de los Ministros a que se refiere el inciso 3° del artículo anterior.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.