°. Son funciones del Comisario Especial de Arauca para la ejecución de lo dispuesto en el artículo anterior
Determinar los bienes que se deban expropiar, solicitar las acciones correspondientes, a los juicios de expropiación, efectuar las operaciones de arreglo directo con los propietarios de bienes declarados de utilidad pública y ordenar los gastos que sean indispensables para efectuar los arreglos directos y los juicios de expropiación;
Contratar la elaboración de los planos que sean, necesarios para la expropiación de bienes raíces y para la adjudicación, parcelación y urbanización de los terrenos baldíos;
Enajenar, permutar, pignorar o arrendar, con sujeción a la Ley vigente, los bienes expropiados que quedan de propiedad de la Comisaria de Arauca, con destino al fomento del Corregimiento de Arauquita y al desarrollo de las industrias agrícola y ganadera de la Comisaría, así como los bienes provenientes de la adjudicación a la Comisaria de Arauca de los terrenos baldíos destinados a la ampliación de la población granjas agrícolas, etc., de que trata el
, artículo 4° del Decreto que se reglamenta; d) Administrar los fondos que provengan de lsa operaciones a que se refiere el ordinal anterior; e) Administrar los auxilios nacionales, que se apropien para ser invertidos en el fomento del Corregimiento de Arauquita.
Las sumas necesarias para dar cumplimiento al ordinal a) de este artículo y para la elaboración de los planos con fines a la expropiación de los bienes raíces, se considerarán como parte integrante de las partidas de que trata el artículo 2° del Decreto que se reglamenta.