Micelio

Artículo 2.2.7.4.1.1

Categorías Tarifarias Para Los Servicios Sociales De Las Cajas De Compensación Familiar

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Categorías tarifarias para los servicios sociales de las cajas de compensación familiar. Se establecen las siguientes categorías tarifarias con base en el nivel salarial: 1. Categoría A. Hasta 52,63 UVT. 2. Categoría B. Más de 52,63 UVT y hasta 105,25 UVT. 3. Categoría C. Más de 105; 25 UVT. 4. Categoría D. Particulares. Categoría de no afiliado a la Caja.

Parágrafo 1

Las Cajas de Compensación Familiar en la Categoría C podrán estable­cer tarifas diferenciales no subsidiadas de acuerdo al nivel de ingresos familiares.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.7.4.1.1. Categorías tarifarias para los servicios sociales de las cajas de compensación familiar. Se establecen las siguientes categorías tarifarias con base en el nivel salarial:

1.

Categoría A. Hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.

2.

Categoría B. Más de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.

3.

Categoría C. Más de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.

4.

Categoría D. Particulares. Categoría de no afiliado a la Caja.

Parágrafo 1

Las Cajas de Compensación Familiar en la Categoría C podrán estable­cer tarifas diferenciales no subsidiadas de acuerdo al nivel de ingresos familiares.

(Decreto número 827 de 2003, artículo 5°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1072 de 2015