Micelio

Artículo 3

Una Vez Suscrito El Contrato Especial De Concesión E Inscrito En El Registro Minero Nacional, El Ministerio De Minas Y Energía, A Través De La Dirección De Minas, Acompañará A La Comunidad O Asociación Minera, Para Ejecutar El Contrato De Concesión De Minería Especial Con Base En Los Estudios Técnicos Realizados, Y A Adelantar La Gestión Ante Las Diferentes Entidades Del Estado Para Que Acompañen El Proyecto Minero A Ejecutar

Decreto 2809 de 2009 · por medio del cual se reglamenta el artículo 248 de la Ley 685 de 2001.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Una vez suscrito el contrato especial de concesión e inscrito en el Registro Minero Nacional, el Ministerio de Minas y Energía, a través de la Dirección de Minas, acompañará a la comunidad o asociación minera, para ejecutar el contrato de concesión de minería especial con base en los estudios técnicos realizados, y a adelantar la gestión ante las diferentes entidades del Estado para que acompañen el proyecto minero a ejecutar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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