Micelio

Artículo 11

Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores, El Gobierno Queda Facultado Para Reorganizar Las Distintas Dependencias Y Reparticiones Civiles De La Policía Nacional

Decreto 1645 de 1948 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre el Departamento Nacional de Seguridad.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, el Gobierno queda facultado para reorganizar las distintas dependencias y reparticiones civiles de la Policía Nacional. A tal efecto, podrá crear, refundir o suprimir empleos y señalar las correspondientes funciones y asignaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1645 de 1948