Los Administradores de la renta de los Municipios productores de tabaco abrirán un libro especial denominado Registro de Plantaciones de Tabaco . En este libro harán constar con precisión el nombre del cultivador, el sitio del cultivo, el área ocupada, el número de plantas y estado de las plantaciones, y si el tabaco es indígena o de Cuba o Virginia. Estos datos serán remitidos cada tres meses a la Secretaría de Hacienda del Departamento.
Decreto 183 de 1919 →Vigente
Artículo 91
Los Administradores De La Renta De Los Municipios Productores De Tabaco Abrirán Un Libro Especial Denominado Registro De Plantaciones De Tabaco
Decreto 183 de 1919 · Sobre renta de tabaco
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.