La evaluación del desempeño de los magistrados del Tribunal Superior Militar y Fiscales Penales Militares ante el mismo tribunal, corresponderá al Presidente de la Corporación. A los funcionarios de la primera instancia, los evaluará el Tribunal Superior Militar, en Sala plena, y se tendrá en cuenta:
El rendimiento del funcionario determinado por los informes estadísticos mensuales;
La acuciosidad, juicio y contundencia de las providencias, que hayan contribuido a crear jurisprudencia en la jurisdicción penal militar;
Cuando se trate de funcionarios de la primera instancia, se verificará el porcentaje de providencias confirmadas, revocadas o anuladas por el Tribunal Superior Militar ya sea por vía de apelación o de consulta;
Que el funcionario no haya sido objeto de sanción disciplinaria alguna impuesta en el desempeño de su cargo.