Micelio

Artículo 3

La Junta Creada Por El Artículo 7° De La Ley 115 De 1936, Tendrá A Su Cargo La Determinación Del Derecho De Cada Damnificado Y La Adjudicación Del Total O Parte Del Valor De Las Cosas Construidas Por El Gobierno; Todo Lo Cual Estará Sometido A La Revisión Y Aprobación Del Ministerios De Obras Públicas

Decreto 1965 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la ley 46 de 1937, que provee la adjudicación de casas a los damnificados en el terremoto de la ciudad de Túquerres

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Junta creada por el artículo 7° de la ley 115 de 1936, tendrá a su cargo la determinación del derecho de cada damnificado y la adjudicación del total o parte del valor de las cosas construidas por el gobierno; todo lo cual estará sometido a la revisión y aprobación del ministerios de obras públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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