Micelio

Artículo 2

° El Objeto Del Congreso Es Estudiar El Estado En Que Se Hallan Las Varias Ramas De La Instrucción Pública De La Nación, Para Proponer Al Gobierno Las Reformas O Mejoras Que A Su Juicio Deban Introducirse, De Acuerdo Con Los Adelantos Actuales De Las Ciencias Pedagógicas, Con Los Recursos Del País Y Con Sus Condiciones Peculiares

Decreto 1030 de 1917 · en desarrollo de la Ley 62 de 1916, que ordena la celebración del primer Congreso Pedagógico Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El objeto del Congreso es estudiar el estado en que se hallan las varias ramas de la Instrucción Pública de la Nación, para proponer al Gobierno las reformas o mejoras que a su juicio deban introducirse, de acuerdo con los adelantos actuales de las ciencias pedagógicas, con los recursos del país y con sus condiciones peculiares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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