Micelio

Artículo 3

Suspéndense Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, Que Empezará A Regir Desde Su Fecha

Decreto 785 de 1951 · Por el cual se amplían los términos señalados en los artículos 1° y 2° del Decreto legislativo número 379 de 1951

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Suspéndense las disposiciones contrarias al presente Decreto, que empezará a regir desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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