Micelio

Artículo 35

Fíjanse Los Siguientes Tiempos Mínimos De Servicio En Cada Grado Para Ascender Al Inmediatamente Superior Dentro De Las Fuerzas Militares: Parágrafo

Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fíjanse los siguientes tiempos mínimos de servicio en cada grado para ascender al inmediatamente superior dentro de las Fuerzas Militares:

Parágrafo

En tiempo de paz, los Oficiales en el grado de General y Almirante deberán solicitar su retiro de las Fuerzas Militares al cumplir tres años de servicio en el grado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3071 de 1968