Micelio

Artículo 1

A Partir Del De Enero De 1963, No Podrá Presentarse Ningún Proyecto De Reclasificación De Empleos Que No Se Encuentre Previamente Financiado, De Conformidad Con Certificado Que Para Tal Efecto Deberá Expedir El Jefe De Presupuesto De Cada Organismo Administrativo

Decreto 3397 de 1962 · Por el cual se dictan algunas normas sobre reclasificación de empleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del de enero de 1963, no podrá presentarse ningún proyecto de reclasificación de empleos que no se encuentre previamente financiado, de conformidad con certificado que para tal efecto deberá expedir el Jefe de Presupuesto de cada organismo administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3397 de 1962