º Para los efectos de la exclusión establecida en el literal e) del artículo 428 del Estatuto Tributario, la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público exigirá al interesado al momento de la nacionalización, únicamente certificación del Instituto Colombiano de Comercio Exterior - Incomex - , en la que conste que los bienes importados poseen la calidad de maquinaria pesada no producible en el país y que se usarán en los procesos industriales enumerados en el mismo literal e).
Artículo 1
Para Los Efectos De La Exclusión Establecida En El Literal E) Del Artículo 428 Del Estatuto Tributario, La Dirección General De Aduanas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Exigirá Al Interesado Al Momento De La Nacionalización, Únicamente Certificación Del Instituto Colombiano De Comercio Exterior - Incomex - , En La Que Conste Que Los Bienes Importados Poseen La Calidad De Maquinaria Pesada No Producible En El País Y Que Se Usarán En Los Procesos Industriales Enumerados En El Mismo Literal E)
Decreto 2296 de 1991 · por el cual se reglamenta el artículo 428 del Estatuto Tributario.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.