Micelio

Artículo 1

Establécese, Por Una Sola Vez, Un Impuesto Extraordinario Que Se Denominará "cuota De Orden Público", Que Deberá Pagar Toda Persona O Entidad Sujeta Al Impuesto Re La Renta Y Complementarios

Decreto 1528 de 1956 · Por el cual se autoriza la emisión de Bonos de Orden Público, y se toman otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Establécese, por una sola vez, un impuesto extraordinario que se denominará "Cuota de Orden Público", que deberá pagar toda persona o entidad sujeta al impuesto re la renta y complementarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1528 de 1956