Micelio

Artículo 8

La Central De Abastecimientos Estará Exenta De Impuestos Nacionales, Departamentales Y Municipales, Y De Toda Clase De Contribuciones, Excepto Los Impuestos De Importación Y Los Gravámenes De Valorización

Decreto 1866 de 1956 · Por el cual se crea la Central de Abastecimientos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Central de Abastecimientos estará exenta de impuestos nacionales, departamentales y municipales, y de toda clase de contribuciones, excepto los impuestos de importación y los gravámenes de valorización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1866 de 1956