Micelio

Artículo 84

Los Sargentos Viceprimeros Y Cabos Primeros Del Ejército Y Los Suboficiales Técnicos Primeros Y Sargentos Viceprimeros De La Fuerza Aérea, Al Ser Ascendidos A Estos Grados, Tendrán Derecho Por Una Sola Vez, En Cada Caso, A Que Se Les Suministre Una Dotación De Uniformes De Ceremonia Con Cargo Al Presupuesto De La Respectiva Fuerza

Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Sargentos Viceprimeros y Cabos Primeros del Ejército y los Suboficiales Técnicos Primeros y Sargentos Viceprimeros de la Fuerza Aérea, al ser ascendidos a estos grados, tendrán derecho por una sola vez, en cada caso, a que se les suministre una dotación de uniformes de ceremonia con cargo al presupuesto de la respectiva Fuerza.

Parágrafo

Los Suboficiales Primeros y Sargentos Viceprimeros de la Armada al ser ascendidos al grado inmediatamente superior recibirán por una sola vez, una dotación diferente a la anual de los elementos de vestuario. El Ministerio de Defensa Nacional fijará mediante resolución la dotación correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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