° La cooperación económica de la nación para centros de higiene se efectuara en adelante de acuerdo con las siguientes normas
En las ciudades capitales de departamentos y en aquellas cuyo presupuesto real pase de cien mil pesos (100.000) la Nación contribuirá con un cuarenta por ciento (40%), y el sesenta por ciento (60%) restante será apropiado por el municipio de respectivo o entre este y el departamento;
En los municipios cuyo presupuesto real sea mayor de treinta mil pesos (30.000) y menor de cien mil pesos (100.000), el aporte nacional será del cincuenta por ciento (50%) y el otro cincuenta por ciento (50%) será aportado por el municipio o entre este y el respectivo departamento;
Los municipios cuyo presupuesto sea menor de treinta mil pesos ($30.000) tendrán derecho a un aporte del sesenta por ciento (60%) por parte de la Nación, y el cuarenta por ciento (40%) restante por el municipio solo o en cooperación con el respectivo departamento.