Articulo 32. Los actos que la Caja ejecute par a el cumplimiento de las funciones administrativas que le confiere la ley, decretos y posteriores acuerdos de la Junta Directiva, son actos administrativos, y como tales, el control de su legalidad corresponderá a la jurisdicción contencioso administrativa de conformidad con lo prescrito en la Ley 167 de. 1941 (Código Contencioso Administrativo) y las disposiciones legales que lo adicionan o reforman. CAPITULO VI Del patrimonio
Decreto 1066 de 1979 →Vigente
Artículo 32
Los Actos Que La Caja Ejecute Par A El Cumplimiento De Las Funciones Administrativas Que Le Confiere La Ley, Decretos Y Posteriores Acuerdos De La Junta Directiva, Son Actos Administrativos, Y Como Tales, El Control De Su Legalidad Corresponderá A La Jurisdicción Contencioso Administrativa De Conformidad Con Lo Prescrito En La Ley 167 De
Decreto 1066 de 1979 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 013 de fecha 21 de marzo de 1979, de la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.