La Dirección General de Aduanas dispondrá los lugares exactos donde se ubicarán las oficinas aduaneras de control en los Municipios de Maicao, Uribia y Manaure que conforman la zona de régimen aduanero especial, asignará el personal y los horarios de atención, realizará los programas de fiscalización que permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Decreto y desarrollará los procedimientos especiales que en el mismo se establecen. De igual manera, la Dirección General de Aduanas podrá establecer como mecanismo de control, listas con precios de referencia de las mercancías que se comercian en la zona.
Decreto 1706 de 1992 →Vigente
Artículo 13
Decreto 1706 de 1992 · por el cual se reglamenta un tratamiento preferencial en materia aduanera para los Municipios de Maicao, Uribia y Manaure.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.