Micelio

Artículo 5

La Aplicación De La Nomenclatura Y Grados Ocupacionales Determinados En El Artículo Anterior, Se Efectuará En Cada Caso, Previo Estudio Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil

Decreto 3299 de 1962 · Por el cual se complementa la Escala de Sueldos establecida por el Decreto-ley 1678 de 1960 y se modifica parcialmente el artículo 1º del mismo Decreto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La aplicación de la Nomenclatura y grados ocupacionales determinados en el artículo anterior, se efectuará en cada caso, previo estudio del Departamento Administrativo del Servicio Civil. Mientras dichos estudios se producen, continuará vigente la Nomenclatura y Escala que para Ingenieros y Arquitectos establece el decreto 167811 de 1960 y solo podrá hacerse cuando se adopten las medidas necesarias para que el presupuesto global de funcionamiento del respectivo Ministerio o departamento Administrativo no se aumente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3299 de 1962