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Artículo 10

División De Gestión Humana Y Servicios Administrativos

Decreto 1688 de 1997 · por el cual se suprimen y fusionan unas dependencias del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Gestión Humana y Servicios Administrativos. De conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto, las funciones de la División de Gestión Humana y Servicios Administrativos serán las siguientes

1.

Participar en la formulación de las políticas, planes y programas relacionados con los procesos de reclutamiento, selección y evaluación del desempeño del personal, así como los referentes al mejoramiento de la calidad de vida laboral.

2.

Diseñar, proponer, ejecutar y evaluar, en coordinación con los jefes de las otras dependencias, los programas de bienestar laboral, capacitación y salud ocupacional, que promuevan el desarrollo integral de los funcionarios del Departamento.

3.

Adelantar los trámites relacionados con las situaciones administrativas del personal, elaborar los correspondientes proyectos, efectuar los registros pertinentes y responder por la información y expedición de las certificaciones y constancias que de éste se deriven.

4.

Desarrollar en coordinación con la Oficina de Planeación y Sistemas los estudios ocupacionales y de procedimientos necesarios para adecuar la planta de personal y los manuales de procedimiento y específico de funciones y requisitos.

5.

Planear, organizar, ejecutar y controlar la administración de los recursos físicos y la prestación de los servicios generales en el Departamento.

6.

Colaborar con la Oficina de Planeación y Sistemas, en la formulación del proyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión del Departamento.

7.

Coordinar, ejecutar y controlar el proceso de adquisición y contratación de bienes y servicios para el adecuado apoyo a la gestión de las diferentes dependencias.

8.

Coordinar, con todas las dependencias, la elaboración del plan anual de compras y efectuar los ajustes a que haya lugar.

9.

Recibir, almacenar, administrar y controlar los bienes del Departamento y velar por su conservación, seguridad y distribución.

10.

Elaborar el inventario general de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes y rendir los informes que le sean solicitados por las autoridades correspondientes.

11.

Organizar y administrar el sistema de correspondencia y conservar el archivo general del Departamento.

12.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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