Los Oficiales de los Servicios o de Apoyo de Vuelo procederán de las Escuelas de Formación de Oficiales, de las universidades aprobadas por el Gobierno una vez terminados los estudios universitarios y de los profesionales civiles que soliciten su escalafonamiento como Oficiales. También puedes inscribirse en el Escalafón de los Servicios, en cualquier tiempo, los Oficiales que opten título universitario y así lo soliciten, siempre que la especialidad adquirida sea utilizable en las Fuerzas Militares.
Decreto 3071 de 1968 →Vigente
Artículo 27
Los Oficiales De Los Servicios O De Apoyo De Vuelo Procederán De Las Escuelas De Formación De Oficiales, De Las Universidades Aprobadas Por El Gobierno Una Vez Terminados Los Estudios Universitarios Y De Los Profesionales Civiles Que Soliciten Su Escalafonamiento Como Oficiales
Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.