Los aportes de los socios consistirán esencialmente en su trabajo personal. No obstante, la empresa podrá recibir de sus socios aportes en especie, en concordancia con los objetivos de la reforma agraria, y en especial, lo dispuesto en el articulo 48 de este decreto. Cuando se aporten inmuebles, que no tengan el carácter de unidades agrícolas familiares, se establecerá en el contrato social que dichos aportes quedan sujetos a las normas del presente decreto y en especial, a las del articulo 81 de la ley 125 de 1961.
Decreto 2073 de 1973 →Vigente
Artículo 21
Los Aportes De Los Socios Consistirán Esencialmente En Su Trabajo Personal
Decreto 2073 de 1973 · Por el cual se expide el estatuto sobre régimen jurídico de las Empresas Comunitarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.