° Los Cajeros Contadores dependientes de las Administraciones Departamentales de Hacienda Nacional encargados de llevar la cuenta departamental en tales Oficinas la cerrarán con fecha 30 de Junio último, y la rendirán á la Corte de Cuentas después de pasar á los respectivos Tesoreros Departamentales una relación pormenorizada y debidamente autorizada de los créditos activos y pasivos pendientes en esa fecha.
Artículo 1
Los Cajeros Contadores Dependientes De Las Administraciones Departamentales De Hacienda Nacional Encargados De Llevar La Cuenta Departamental En Tales Oficinas La Cerrarán Con Fecha 30 De Junio Último, Y La Rendirán Á La Corte De Cuentas Después De Pasar Á Los Respectivos Tesoreros Departamentales Una Relación Pormenorizada Y Debidamente Autorizada De Los Créditos Activos Y Pasivos Pendientes En Esa Fecha
Decreto 663 de 1909 · Sobre corte de la cuenta llevada por los Cajeros Contadores, y supresión de estos empleados
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.