Los Suboficiales de que trata el artículo anterior serán enviados en comisión a la respectiva Escuela y durante el tiempo que en ella permanezcan, devengarán el sueldo correspondiente a su grado y todas las primas y partidas a que tengan derecho. TITULO VII CAPITULO ÚNICO Disposiciones transitorias.
Decreto 2687 de 1955 →Vigente
Artículo 77
Los Suboficiales De Que Trata El Artículo Anterior Serán Enviados En Comisión A La Respectiva Escuela Y Durante El Tiempo Que En Ella Permanezcan, Devengarán El Sueldo Correspondiente A Su Grado Y Todas Las Primas Y Partidas A Que Tengan Derecho
Decreto 2687 de 1955 · Por el cual se organiza la Carrera Profesional de los Suboficiales de las Fuerzas de Policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.