Art. 52. El dia que señalare el Poder Ejecutivo con seis meses de anticipacion, estas propuestas serán presentadas, cerradas, al Secretario de Relaciones Esteriores i Mejoras Internas el primero de agosto de mil ochocientos cincuenta i dos en su Despacho, desde las diez de la mañana hasta las dos de la tarde; a cuya hora se abrirán i leerán en presencia de los licitadores o de sus apoderados que quisieren concurrir a presenciar el acto.
Decreto 185106181 de 1851 →Vigente
Artículo 52
Decreto 185106181 de 1851 · Concediendo privilejio a los señores Manuel Cárdenas i Florentino González para abrir un canal que ponga en comunicacion los mares Atlántico i Pacífico.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.