Micelio

Artículo 217

Los Alcaldes O Quienes Hagan Sus Veces Impondrán Construcción De Obra: 1

Decreto 1355 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre policía

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Alcaldes o quienes hagan sus veces impondrán construcción de obra: 1.Al que mantenga los muros de su antejardín o los frentes de su casa o edificio en mal estado de 2. A los dueños de inmuebles que no hayan instalado canales, tubos o cañerías para la conducción de aguas, o los tengan en mal estado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2002
    C-491/02Constitucionalidad · «Numeral 1»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 1355 de 1970