Micelio

Artículo 10

Decreto 767 de 1988 · Por el cual se reglamenta el articulo 137 del Decreto extraordinario 222 de 1983, y se deroga el Decreto 751 de 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando un programa sea objetado totalmente por el Ministerio, de Hacienda y Crédito Público, Dirección General del Presupuesto, no podrá ejecutarse. Cuando la objeción sea parcial, podrá ejecutarse en los aspectos que no hayan sido afectados por observación alguna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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