°. Los vales del Tesoro se harán de un tamaño mayor que el de los billetes de banco, no podrán hacerse de un valor menor de veinte pesos y llevarán la siguiente leyenda: Anverso. "Número... Serie... Vale del Tesoro ... Por $... La República de Colombia reconoce al portador la suma de... Este vale gana el interés del seis por ciento anual (6%) desde la fecha de su emisión, y es amortizable conforme a las disposiciones que se indican al reverso. El Ministro del Tesoro. El Jefe de la Sección de Crédito Público," Reverso. "El vale del Tesoro se destina únicamente al pago de la deuda de Tesorería pendiente en 31 de diciembre de 1921; es de voluntario recibo y de libre aceptación para los acreedores del Tesoro; gana interés del seis por ciento anual (6%) desde la fecha de su dación en cambio; se amortiza con el diez por ciento (10%) de las rentas nacionales, por sorteos semestrales y los vales favorecidos en el sorteo serán pagados en la Tesorería General o en las oficinas de su dependencia fuera de Bogotá; pero en el caso de que el pago no pueda hacerse a las presentación del respectivo vale, este será resellado de las oficinas mencionadas, con la nota de que podrá ser recibido en cualquier pago de las rentas nacionales. El vale del Tesoro es de obligatorio recibo por capital e intereses en el diez por ciento (10%) en los pagos que hayan de hacerse al Tesoro Nacional, a cualquier título. El sorteo semestral tendrá por base la diferencia entre los pagos hechos en vales y el diez por ciento (10%) efectivo de las rentas. Los intereses devengados se liquidarán y computarán en el acto de la amortización (artículos 17, 21 y 23 - Ley 61 de 1921) - El Tesorero General,"
Decreto 150 de 1922 →Vigente
Artículo 3
Los Vales Del Tesoro Se Harán De Un Tamaño Mayor Que El De Los Billetes De Banco, No Podrán Hacerse De Un Valor Menor De Veinte Pesos Y Llevarán La Siguiente Leyenda: Anverso
Decreto 150 de 1922 · Por el cual se reglamenta la Ley 61 de 1921, en lo relativo al documento de Tesorería denominado vale del Tesoro, creado por la misma Ley
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.