Micelio

Artículo 4

El Ayudante Estará A Las Inmediatas Órdenes Del Jefe La Oficina, Y Tendrá, Además De Las Funciones Que Éste Le Asigne, Las Siguientes: A) Tomar Nota En El Sobordo Y En Los Conocimientos De Embarque De La Carga Oficial Que Traigan Los Vapores Que Lleguen A Puerto Colombia Y Dar Aviso Detallado Al Jefe De La Oficina De Barranquilla Y A Los Empleados Del Ferrocarril En El Muelle, Para Que Esa Carga Sea Colocada En Carros Separados, A Fin De Que No Se Confunda Con Otra

Decreto 343 de 1929 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA ADMINISTRACION DE LAS EMBARCACIONES QUE EL GOBIERNO TIENE EN EL RIO MAGDALENA Y SE ATIENDE AL TRANSPORTE DE LA CARGA OFICIAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ayudante estará a las inmediatas órdenes del Jefe la Oficina, y tendrá, además de las funciones que éste le asigne, las siguientes

a)

Tomar nota en el sobordo y en los conocimientos de embarque de la carga oficial que traigan los vapores que lleguen a Puerto Colombia y dar aviso detallado al Jefe de la Oficina de Barranquilla y a los empleados del ferrocarril en el muelle, para que esa carga sea colocada en carros separados, a fin de que no se confunda con otra.

b)

Tomar nota de los carros y del tren que conduzca esa carga y dar aviso telefónico inmediato al Jefe de las Oficinas de Barranquilla, para que éste empleado, disponga a su vez el recibo, y de acuerdo con el Administrador de la Aduana la coloque en el patio o bodega correspondiente.

c)

Hacer una relación de la carga oficial desembarcar por cada barco en Puerto Colombia, y remitirla a la oficina de Barranquilla, la que deberá confrontar dicha relación para saber si el cargamento se recibió completo, procediendo en caso contrario a localizar lo que falte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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