Micelio

Artículo 8

Para Efectos De Lo Dispuesto En El Parágrafo 1 Del Artículo 33 De La Ley 20 De 1979, Los Contratos De Acuerdo De Pago Cuya Cuantía Sea Más De Un Millón De Pesos ($1

Decreto 1901 de 1979 · Por el cual se reglamenta el artículo 33 de la Ley 20 de 1979 y se Delega una Función Presidencial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para efectos de lo dispuesto en el

Parágrafo 1

del artículo 33 de la Ley 20 de 1979, los contratos de acuerdo de pago cuya cuantía sea más de un millón de pesos ($1.000.000) deberán ser publicados en un diario de circulación nacional a costa del beneficiario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1901 de 1979