Micelio

Artículo 4

A Partir Del Primero De Enero De 1957, Fíjanse Las Siguientes Sumas Mensuales, Como Máximo, Para Estudiantes En El Exterior, Distintos A Los Que Realizan Estudios Por Contrato Con Icetex: Para Estados Unidos Y El Canadá, Us$150

Decreto 2946 de 1956 · por el cual se fijan normas en relación con el otorgamiento de dólares para estudios en el Exterior, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del primero de enero de 1957, fíjanse las siguientes sumas mensuales, como máximo, para estudiantes en el Exterior, distintos a los que realizan estudios por contrato con Icetex: Para Estados Unidos y el Canadá, US$150.00 yUS$800.00 para matriculas. Para Europa, excepción de España, US$150.00, sin derecho a suma para gastos de matrícula. Para España y Latinoamérica, US$80.00 sin derecho a suma para gastos de matrícula.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2946 de 1956