Micelio

Artículo 14

Tanto El Ingeniero Jefe Como El Médico Y Los Inspectores De Trabajo Deben Examinar Constantemente La

Decreto 666 de 1934 · Por el cual se establece para ciertos casos el servicio de proveedurías en el ramo de Carreteras Nacionales y se fija la reglamentación correspondiente a tal servicio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tanto el ingeniero Jefe como el Médico y los inspectores de trabajo deben examinar constantemente la .alimentación que se suministra a los trabajadores, con el objeto de comprobar la cantidad y calidad de ella. Harán, siempre que sea necesario, las observaciones del caso a fin de que se obtenga que los alimentos sean sanos y suficientes para dejar satisfecho al trabajador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 666 de 1934