° Los fondos provenientes de las suscripciones y ventas realizadas por la Secretaria hasta el presente, serán consignados por el Secretario del Instituto en la misma cuenta del Fondo de Cultura Popular, y Publicaciones del Departamento de Extensión Cultural, de que trata el artículo anterior. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1098 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Los Fondos Provenientes De Las Suscripciones Y Ventas Realizadas Por La Secretaria Hasta El Presente, Serán Consignados Por El Secretario Del Instituto En La Misma Cuenta Del Fondo De Cultura Popular, Y Publicaciones Del Departamento De Extensión Cultural, De Que Trata El Artículo Anterior
Decreto 1098 de 1949 · Por el cual se adicionan el artículo 12 del Decreto 786 de 1944 y el artículo 11 del Decreto 726 de 1947
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.