º Las documentaciones de que trata el artículo anterior, acompañadas del memorial de solicitud, en el cual deberá expresarse la clase de estudios que desea seguir el aspirante, -secundarios, normalistas o industriales-y el establecimiento para el cual se solicita la beca, serán presentados al Ministerio de Educación o a las respectivas Direcciones de Educación Departamentales, hasta dos meses antes de las fechas señaladas para abrir tareas en los establecimientos para los cuales se solicitan las becas.
Artículo 4
Las Documentaciones De Que Trata El Artículo Anterior, Acompañadas Del Memorial De Solicitud, En El Cual Deberá Expresarse La Clase De Estudios Que Desea Seguir El Aspirante, -Secundarios, Normalistas O Industriales-Y El Establecimiento Para El Cual Se Solicita La Beca, Serán Presentados Al Ministerio De Educación O A Las Respectivas Direcciones De Educación Departamentales, Hasta Dos Meses Antes De Las Fechas Señaladas Para Abrir Tareas En Los Establecimientos Para Los Cuales Se Solicitan Las Becas
Decreto 1874 de 1937 · Por el cual se reglamenta el ramo de Becas Nacionales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.