° Fíjanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de rentas para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1922, en la cantidad de veintitrés millones novecientos tres mil quinientos ochenta pesos sesenta y ocho centavos ($ 23.903,580-68), así: Bienes nacionales. Minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez $ 1.000,000 Minas de Santa Ana y La Manta 100 Minas de Supía y Marmato 16,000 Ferrocarriles 1.400,000 Arrendamiento de bosques nacionales 30,000 Producto de bienes nacionales 42.580.68 Producto de la flotilla de guerra 30,000 Participación en explotaciones petrolíferas 150,000 Salinas terrestres 1.100,000 Salinas marítimas 800,000 Pesca marítima 100 Lastre 300 Servicios. Correos 360,000 Telégrafos, cables y radiogramas 1.500,000 Muelle, faro, práctico y remolque 90,000 Acuñación de monedas 1,000 Impuestos. Aduanas 10.000,000 Dos por ciento para la conversión 200,000 Fondo especial de caminos 600,000 Tonelaje 240,000 Consular 800,000 Exportación 125,000 Exportación del platino del Chocó 100,000 Sanidad 10,000 Minas 20,000 Sucesiones y donaciones 800,000 Impuesto de sanidad Rara los Lazaretos 180,000 Patentes de invención y registro de marcas 10,000 Papel sellado y timbre nacional 960,000 Impuestos de consume 850,000 Impuesto sobre la renta 500,000 Fabricación de fósforos 3,500 Canalización 400,000 Peajes nacionales 85,000 Rentas de las Intendencias Nacionales 480,000 Rentas de las Comisarías Especiales 20,000 Ingresos varios 1.000,000 Rentas de vigencias anteriores 600,000 Total $ 23.903,580.68
Decreto 574 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Fíjanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Rentas Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1922, En La Cantidad De Veintitrés Millones Novecientos Tres Mil Quinientos Ochenta Pesos Sesenta Y Ocho Centavos ($ 23
Decreto 574 de 1922 · Sobre liquidación general de los Presupuestos Nacionales de rentas, gastos y crédito público para el año fiscal de 1922
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.