Micelio

Artículo 23

El Curso De Estado Mayor De Que Trata El Artículo 45 Del Decreto 3071 De 1968, Tendrá Una Duración Mínima De Diez (10) Meses Y Será Adelantado Por Oficiales Del Ejército, Armada Y Fuerza Aérea, En El Grado De Mayor O Capitán De Corbeta, En La Escuela Superior De Guerra De Colombia

Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El curso de Estado Mayor de que trata el artículo 45 del Decreto 3071 de 1968, tendrá una duración mínima de diez (10) meses y será adelantado por Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, en el grado de Mayor o Capitán de Corbeta, en la Escuela Superior de Guerra de Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 73 de 1970