Micelio

Artículo 2.3.4.1.2.3

Responsabilidades De Los Establecimientos Educativos

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidades de los establecimientos educativos. Son responsabilidades de los establecimientos educativos, en el marco de la Alianza Familias- Escuela, las siguientes

a)

Desarrollar acciones y procesos que vinculen a las familias y a los demás actores de la comunidad educativa en las diversas instancias de participación con las que cuenta el establecimiento educativo para la conformación y consolidación de la Alianza y sus herramientas.

b)

Generar espacios de encuentro con las familias para intercambiar saberes, expectativas y comprensiones alrededor de las realidades de niñas, niños y adolescentes, las familias y la comunidad; así como las apuestas curriculares y el sentido de los procesos educativos.

c)

Caracterizar la información en relación con las realidades de las familias y comunidades a través de diversos instrumentos y estrategias, como insumos para la construcción colectiva del plan de acción de la Alianza conformado por el conjunto de prioridades hacia las cuales van a orientar su acción.

d)

Construir al inicio del año escolar, en conjunto con las familias reconociendo sus necesidades, intereses, capacidades y potencialidades, un plan anual para la implementación de la Alianza y sus herramientas, el cual incluya los compromisos de participación.

e)

Definir colaborativamente con la comunidad educativa los compromisos de participación y las consecuencias de su incumplimiento sin justa causa, acordados en un clima de confianza y construcción colectiva que reconozca las realidades de las familias y de la escuela e incorporarlas en el manual de convivencia.

f)

Implementar diferentes canales y estrategias para desarrollar las escuelas para padres y madres de familia, cuidadores y representantes legales, con una frecuencia mínima de tres actividades por año académico, así como hacer seguimiento a la participación y aplicar los compromisos adicionales como consecuencia de su incumplimiento sin justa causa, siguiendo el debido proceso con garantías universales.

g)

Sensibilizar y motivar a los docentes sobre los principios en los que se basa la conformación o fortalecimiento de la Alianza y comunicar su rol para el desarrollo de esta.

h)

Documentar las experiencias desarrolladas para enriquecer las propuestas de trabajo conjunto e intercambiar comprensiones, preguntas y reflexiones que surjan de la implementación de la Alianza y sus herramientas.

i)

Reportar las acciones y los avances de la Alianza, en las condiciones que establezca el Ministerio de Educación Nacional a la Secretaría de Educación de la Entidad Territorial Certificada correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015