Micelio

Artículo 8

La Autoridad Que De La Posesión Deberá Inspeccionar Los Trabajos Del Concesionario Una Vez Por Lo Menos Cada Tres Meses, E Informar Al Gobierno Sobre El Modo Como Se Esté Dando Cumplimiento A Las Obligaciones Contraídas Por El Explotador

Decreto 976 de 1907 · Sobre gastos no incluidos en los Presupuestos del Distrito Capital y de los Departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La autoridad que de la posesión deberá inspeccionar los trabajos del concesionario una vez por lo menos cada tres meses, e informar al gobierno sobre el modo como se esté dando cumplimiento a las obligaciones contraídas por el explotador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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