La liquidación de los organismos ejecutores se efectuará según las normas del Código de Comercio. IV. Del Ingreso a los organismos ejecutores y de cómo retirarse de ellos.
Decreto 1157 de 1976 →Vigente
Artículo 13
La Liquidación De Los Organismos Ejecutores Se Efectuará Según Las Normas Del Código De Comercio
Decreto 1157 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2804 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.