Micelio

Artículo 4

La Cinta Magnética Deberá Tener Las Siguientes Características Técnicas: 1

Decreto 2265 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2821 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La cinta magnética deberá tener las siguientes características técnicas

1.

Densidad de grabación 800 o 1.600 bpi en 9 canales

2.

Código de grabación EBCDIC;

3.

Número de registros por bloque: 30

4.

Longitud del registro 112 posiciones ("bytes")

5.

Sin rótulo de identificación ("header label"). El diseño de cada registro será el siguiente

a)

Código de la Administración de Impuestos Nacionales donde el contribuyente presentó su declaración de renta, excepto para retenciones en la fuente en cuyo caso se utilizará el código de la administración donde se consignó la retención. (Dos caracteres numéricos);

b)

Año gravable dos caracteres numéricos; c).Nombre o razón social del contribuyente (treinta caracteres); d) NIT del contribuyente (once caracteres numéricos) e) Nombre o razón social del tercero beneficiario del pago, acreedor, deudor, etc., (treinta caracteres) dando primero el apellido o apellidos cuando Sea persona natural; f) NIT del tercero (once caracteres numéricos); g) código y subcódigo del concepto según se indica en el artículo 6º (dos caracteres) h) Valor pagado, recibido, adeudado o del crédito en pesos sin centavos (doce caracteres numéricos); i) Valor auxiliar, cuando sea el caso, en pesos sin centavos (doce caracteres numéricos).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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