Micelio

Artículo 2.3.1.3.4.6

Obligaciones Especiales Para El Administrador

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones especiales para el administrador. Además de las obligaciones contractuales establecidas en la ley y en el artículo 2.3.1.3.2.17. del presente decreto, las entidades territoriales certificadas deben asegurar que en la ejecución de los contratos regulados en esta sección, el contratista cumpla las siguientes obligaciones

a)

Garantizar el debido cuidado y mantenimiento de la infraestructura educativa entregada para el desarrollo del contrato.

b)

Dar a la infraestructura educativa entregada, la destinación definida en el contrato.

c)

No vincular personal docente, directivo docente y administrativo que haga parte de la planta de la entidad territorial certificada para el desarrollo del contrato.

Parágrafo

Para el cumplimiento del presente artículo, corresponde a la entidad territorial certificada verificar que las obligaciones anteriores sean incorporadas en el contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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