Verificación de documentación. El Ministerio de Educación Nacional verificará en los (5) cinco días hábiles siguientes contados a partir de que la institución suministre en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (SACES), o el que haga sus veces, la documentación requerida que permita dar inicio a la etapa de prerradicación aducida en la presente sección.
En caso de que la documentación suministrada por la institución no se encuentre completa, el Ministerio de Educación Nacional requerirá a la institución para que la complete en el término máximo de (30) treinta días calendario.
Se entenderá que la institución ha desistido de la etapa de prerradicación de solicitud de registro calificado, cuando no satisfaga el requerimiento antes de vencer el plazo concedido.
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