Micelio

Artículo 1

De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1011 - B Para Calamidades Públicas, Destinase La Suma De Doscientos Cuarenta Y Cinco Mil Trescientos Pesos ($ 245

Decreto 984 de 1969 · por el cual se destinan unas partidas presupuestales para atender a calmidades públicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1011 - B para calamidades públicas, destinase la suma de doscientos cuarenta y cinco mil trescientos pesos ($ 245.300.00) moneda corriente, distribuidos en la siguiente forma: Departamento del Valle del Cauca Para entregar al Tesorero Municipal de Ulloa, con destino a los damnificados por el incendio ocurrido el 19 de marzo último $ 61.800 Departamento del Caldas

1.

Para entregar al Tesorero Municipal de Aranzazu, con destino a los damnificados por el incendio del 27 de abril próximo pasado 61.500

2.

Para entregar al Tesorero Municipal de Chinchiná, con destino a los damnificados por el incendio del 23 de abril del año en curso 20.000

3.

Para entregar al Instituto de Crédito Territorial, como aporte del Gobierno para obras que va a adelantar dicho organismo en favor de los damnificados por el deslizamiento de tierras ocurrido recientemente en Salamina 100.000 Departamento de Antioquia Para entregar al Tesorero Municipal de Chigorodó, con destino a los damnificados por las recientes inundaciones ocasionadas por el desbordamiento del río Chigorodó 2.000 Total $ 245.300

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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