Para la recepción de los recibos de pago impresos por el Sistema Declaración y Pago Electrónico y por el Sistema Aduanero Siglo XXI (recibos oficiales de pago de Tributos Aduaneros, Declaraciones de Importación y Declaraciones de Tráfico Postal y envíos urgentes por avión), las entidades autorizadas procederán, en todos los ejemplares, a:
Colocar un autoadhesivo en la casilla "espacio para el autoadhesivo de la entidad recaudadora".
Imprimir un sello que identifique el nombre de la entidad Autorizada, la oficina receptora y la fecha de recepción, con la expresión "Recibido con Pago". El sello deberá cubrir parte del formulario y parte del autoadhesivo, sin afectar la legibilidad del número y deberá ser refrendado con la firma del funcionario receptor.
Cuando la recepción o el recaudo se efectué en horarios adicionales o extendidos y especiales, debe hacerse constar, mediante un sello que así lo indique, en todos los ejemplares.
Timbrar o registrar con máquina o protector el valor TP del recibo.
Devolver al interesado una copia de los recibos de pago, las declaraciones de Importación y las declaraciones de Tráfico Postal y envíos urgentes por avión.
(Artículo 2o, Resolución 4081 de 1999)