Micelio

Artículo 110

El Registrador Nacional Del Estado Civil Procederá A Organizar La Estructura De La Entidad Con El Fin De Dar Cumplimiento A Las Presentes Normas Y A Conformar De Manera Inmediata Los Órganos De Administración De Personal, Para En Esa Medida Asumir El Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Presente Decreto

Decreto 3492 de 1986 · por el cual se causa una novedad de personal en la Dirección General de Impuestos Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Registrador Nacional del Estado Civil procederá a organizar la estructura de la Entidad con el fin de dar cumplimiento a las presentes normas y a conformar de manera inmediata los Órganos de Administración de Personal, para en esa medida asumir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Entre tanto, los procedimientos de Carrera seguirán surtiéndose conforme lo ordenado por los Decretos 1487 y 1488 de 1936, ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3492 de 1986