Micelio

Artículo 2.5.4.3.7

Fomento Al Cumplimiento De Las Normas Y Lineamientos De Calidad

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fomento al cumplimiento de las normas y lineamientos de calidad. Con el propósito de incentivar el cumplimiento de las normas y lineamientos de calidad por parte de las Instituciones de Educación Superior Públicas, la distribución según la participación de la matrícula de que trata el literal a), numeral 2, artículo 2.5.4.3.6 del presente decreto, se ponderará de acuerdo con la siguiente tabla:

Criterios de ponderación

Ponderador

1.

Sin sanción administrativa

100%

2.

Con sanción administrativa

a)

Incumplimiento de las normas que regulan los reportes de información de las IES al Ministerio de Educación Nacional.

b)

Incumplimiento de las normas que regulan la información sobre derechos pecuniarios.

95%

c)

Incumplimiento de las normas que regulan la participación de la comunidad académica en los órganos de dirección.

d)

Incumplimiento de la normatividad que rige la educación superior o normatividad interna de la IES que no se encuentre enmarcada en otros literales.

90%

e)

Incumplimiento de las condiciones de calidad de los programas académicos.

f)

Incumplimiento de las normas que rigen el ofrecimiento de programas académicos.

g)

Incumplimiento de las normas sobre la debida aplicación y destinación de rentas.

80%

Parágrafo

Para la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo, se tendrán en cuenta las sanciones que hayan sido impuestas en los últimos dos (2) años a las Instituciones de Educación Superior Públicas

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015