Micelio

Artículo 14

Los Derechos Principales De Los Socios Son Los Siguientes: A) Disfrutar De Los Servicios E Instalaciones Del Club

Decreto 559 de 1986 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Directiva del Club Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los derechos principales de los socios son los siguientes

a)

Disfrutar de los servicios e instalaciones del Club. Este derecho se hace extensivo al cónyuge e hijos menores de dieciocho (18) años;

b)

Hacer invitaciones personales o solicitar tarjetas de atención siempre y cuando se ajusten a las normas reglamentarias; y

c)

Solicitar los servicios del Club para personas o entidades particulares, responsabilizándose por el comportamiento de los invitados y por el valor de los contratos respectivos.

Parágrafo

Los socios juveniles no pueden solicitar Tarjetas de Atención, ni contratar servicios para personas o entidades particulares, ni disfrutar los servicios de la Seccional Melgar, mientras no vayan acompañados de un socio de otra categoría que responda por su conducta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 559 de 1986