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Artículo 19

La Vigilancia De La Gestión Fiscal De La Industria Militar Corresponde A La Contraloría General De La República Y Ejercerá Conforme A Las Disposiciones De La Ley 151 De 1959 Y Normas Que La Adicionan O Reformas, Para Lo Cual Prescribirá Los Métodos De Contabilidad Y Dictará Las Reglamentaciones Acordes Con Su Índole, De Manera Que Garanticen Su Economía Administrativa Y Hagan Fácil Y Expedito Su Funcionamiento

Decreto 2346 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Industria Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La vigilancia de la gestión fiscal de la Industria Militar corresponde a la contraloría General de la República y ejercerá conforme a las disposiciones de la Ley 151 de 1959 y normas que la adicionan o reformas, para lo cual prescribirá los métodos de contabilidad y dictará las reglamentaciones acordes con su índole, de manera que garanticen su economía administrativa y hagan fácil y expedito su funcionamiento.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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