Los gastos generales se definen de la siguiente manera
Compra de equipo . Adquisición de muebles y enseres, equipo de oficina, mecánico y automotor; utensilios de cafetería; maquinaria y herramienta para talleres; armamento, material de guerra, equipo de dotación, correaje y vestuario para las Fuerzas Armadas, el personal de guardia, seguridad carcelaria y aduanera. Incluye la compra de semovientes, para las Fuerzas Militares y de Policía.
Materiales y suministros . Gastos en papel, libros para registros; contabilidad, pastas y útiles de escritorio; café, azúcar y similares; materiales de aseo y desinfección; elementos para alumbrado; vestuario y calzado de trabajo que como dotación autorice la ley; gastos en combustibles, lubricantes, grasas, llantas, garajes sin contrato y demás requeridos para la operación de los vehículos propiedad de la entidad, exceptuando los repuestos, la reparación, y el pago a conductores. Los partes y multas de los vehículos no serán pagaderos con fondos del Presupuesto Nacional. Las dependencias legalmente autorizadas podrán afectar este rubro con la compra .de material de, enseñanza para planteles nacionales y campañas educativas adelantadas directamente por el Gobierno Nacional; drogas, botiquines, vacunas, elementos desechables para uso médico, servicios de laboratorio y los gastos de culto y, funerario en los Ministerios de Defensa, Obras Públicas, Justicia en el ramo de Prisiones, Policía Nacional y Departamento Administrativo de Seguridad. Incluye también, los servicios médicos y hospitalarios de las Fuerzas Armadas.
Impresos y publicaciones . Gastos en la edición o impresión de formas, formularios, folletos, escritos, revistas, periódicos y libros; corte, encuadernación, empaste y trabajos tipográficos en general; suscripciones a periódicos y revistas; avisos, inserciones y publicaciones oficiales; elaboración de sellos para uso oficial; adquisición de libros especializados acordes con las actividades que desarrolla- la institución, los cuales deben destinarse exclusivamente para las bibliotecas de la misma.
Mantenimiento y aseguros . Erogaciones para la conservación, reparación y adquisición de repuestos y accesorios para los equipos de oficina, mobiliario, mecánico y automotor; reparaciones locativas; adaptación de oficinas y locales, pago de seguros para-muebles e inmuebles. Incluye la conservación y reparación de la red de radiocomunicaciones, faros y boyas.
Servicios públicos Erogaciones por concepto de acueducto, alcantarillado, recolección de basuras, energía, servicios telefónicos local y de larga distancia. Incluye instalaciones y traslados de los mismos.
Servicios de comunicaciones . Gastos por concepto de télex, telégrafo, radiocomunicaciones y alquiler de líneas; portes en general, empaques, embalajes, acarreos, transporte, seguro de transporte de bienes y transporte mortuorio a cargo de Medicina Legal. Incluye los gastos para los funcionarios y su familia, cuando sean trasladados con carácter permanente a otra localidad, de conformidad con lo establecido por la ley. Igualmente se afectara este rubro con el pago de pasajes y gastos relacionados con la deportación; expulsión y extradición ordenadas por las autoridades competentes.
Arrendamientos . Pago por alquiler de bienes inmuebles, garajes con contrato, maquinas, equipos especializados y semovientes.
Viáticos y gastos de viaje . Erogaciones para atender el sostenimiento y el transporte del personal que previo acto administrativo deba desempeñar eventualmente sus funciones fuera del lugar de su residencia. La cuantía se asignara de conformidad con la reglamentación adoptada, por el respectivo organismo y con las limitaciones señaladas por la Ley y se pagara exclusivamente a los funcionarios pertenecientes a la entidad que ordena la comisión.
Primas de pólizas de manejo . Pago de la póliza de manejo o reintegro al asegurado del valor de la prima de seguro por constitución o renovación de fianzas de manejo y cumplimiento, exigidas por la Ley para el desempeño de determinados cargos.
Transporte de presos . Erogación para la remisión y el traslado de presos; incluye los gastos que demande el personal, de guardia encargado de su conducción. Excepcionalmente, con .cargo a este rubro, se sufragaran los gastos de transporte de aquellos reclusos que recobren su libertad.
Sostenimiento de semovientes . Gastos destinados a la alimentación; sanidad, arneses, herraje y atalaje de ganado; mantenimiento y conservación de criaderos.
Gastos imprevistos . Gastos excepcionales que se presentan con carácter eventual o fortuito, cuya erogación sea imprescindible e inaplazable para la marcha adecuada de la administración. No podrá afectarse, este rubro con cuantía alguna que corresponda a los conceptos definidos por este Decreto, por erogaciones periódicas, regulares o permanentes, ni gastos suntuarios, ni para atender vigencias expiradas, ni para complementar apropiaciones insuficientes. La afectación de este, rubro requiere concepto previo y favorable de la División Delegada de Presupuesto y resolución motivada y suscrita por el Jefe del- respectivo organismo.